En nuestro lenguaje cotidiano existe una expresión usual, pero con cierto matiz culto, que es “traer a colación”. Normalmente se utiliza cuando alguien ha sacado un tema concreto dentro de una conversación, o ha hecho mención a alguien.
Pero pocas veces se asocia este término con lo jurídico, y es que la colación es un acto relacionado con la herencia. A través de la colación (que viene del término latino collatio, que significa contribución o aportación), si hay varios herederos forzosos en la herencia de un ascendiente común, deberán traer a la masa hereditaria los bienes o valores recibidos del causante de la herencia, en vida de éste, por dote, donación u otro título lucrativo, para computarlo en la regulación de las legítimas y en la cuenta de partición. Esta aportación se denomina colación.
La colación se regula en los artículos 1035 a 1050 del Código Civil.