Hay una expresión judicial que siempre me ha producido una mezcla de fascinación e incomodidad: «el milagro del pasillo».
Cualquier abogado de familia sabe de qué estamos hablando. Ese momento previo a entrar en sala en el que, de repente, posiciones aparentemente irreconciliables encuentran un punto de encuentro. Un asunto enquistado durante meses, o a veces años, termina resolviéndose en una conversación improvisada junto a una máquina de café, un banco de pasillo o una puerta entreabierta de juzgado.

Y conviene decirlo desde el principio: no tengo nada contra los acuerdos. Más bien al contrario.
Llevo trece años ejerciendo como abogado de familia y, probablemente, muchos funcionarios judiciales apenas sabrían reconocerme. Incluso en Murcia. No porque no trabaje en esta jurisdicción, sino precisamente porque una parte importante de mi trabajo consiste en evitar que determinados asuntos lleguen a juicio. Muchas veces se alcanza un acuerdo antes de demandar; otras, ya iniciado el procedimiento contencioso, durante la propia tramitación. En no pocas ocasiones, he defendido con firmeza a clientes para, precisamente por eso, conseguir después una solución negociada razonable.
Sé perfectamente que un buen acuerdo suele ser preferible a una mala sentencia. Y más aún en familia, donde rara vez hay vencedores absolutos y donde los daños emocionales pueden perpetuarse durante años.
Por eso me resulta particularmente injusta cierta caricatura del abogado de familia como un mero picapleitos, un alimentador profesional del conflicto, alguien supuestamente interesado en judicializar lo que podría resolverse con diálogo. La mayoría de abogados de familia que conozco hacen exactamente lo contrario: apagar incendios, rebajar tensiones y construir soluciones imperfectas pero habitables.
Precisamente por eso, porque creo profundamente en la cultura del acuerdo, me preocupa una deriva que observo desde hace tiempo: la diferencia —a veces sutil, otras no tanto— entre favorecer acuerdos y condicionar la libertad de alcanzarlos.
Porque un acuerdo solo merece plenamente ese nombre cuando nace de la libertad y del consentimiento genuino. No del miedo.
Y aquí aparece una pregunta incómoda: ¿hasta qué punto es verdaderamente libre un acuerdo alcanzado bajo la percepción de que, si no pactas, puedes salir perjudicado simplemente por haber decidido ejercer tu derecho a que un juez resuelva el conflicto?
No hablo de algo necesariamente explícito o grosero. La inmensa mayoría de jueces y fiscales actúan con profesionalidad y con una voluntad sincera de evitar conflictos innecesarios, especialmente en jurisdicciones tan delicadas como familia. Quien ha trabajado mínimamente en este ámbito sabe que hay procedimientos que destruyen emocionalmente a personas, hijos y familias enteras. Evitar ciertos juicios no solo es legítimo: puede ser profundamente humano.
Pero precisamente porque el equilibrio es delicado, también merece reflexión dónde está la frontera entre una orientación judicial razonable y una presión institucional impropia.
Porque no es lo mismo decir:
— «Valoren ustedes los riesgos del procedimiento»
que transmitir, aunque sea de forma implícita:
— «Si no pactan, quizá lo lamenten».
La diferencia puede parecer pequeña. No lo es.
Quienes ejercemos el Derecho sabemos algo que muchas veces el ciudadano desconoce: el proceso judicial está profundamente atravesado por la incertidumbre. Ningún abogado serio promete resultados. Los jueces interpretan, valoran prueba, ponderan circunstancias. El Derecho no es una ecuación matemática. Y precisamente por eso el ciudadano acude a los tribunales: porque necesita una respuesta imparcial cuando el acuerdo ya no ha sido posible.
Sin embargo, se ha instalado una cierta lógica según la cual acudir a juicio parece casi una anomalía del sistema. Como si litigar fuera, en sí mismo, una especie de fracaso moral. Y esta idea me preocupa, porque no todo conflicto es negociable, no toda posición es conciliable, y no toda persona puede ni debe sentirse obligada a renunciar a una decisión judicial por miedo a las consecuencias de no haber aceptado un acuerdo.
La reciente reforma procesal y la creciente apuesta por los medios adecuados de solución de controversias profundizan aún más en esta filosofía: negociar primero, litigar después. La intención de fondo es razonable y los tribunales saturados son una realidad que cualquier abogado mínimamente honesto conoce bien. Pero una cosa es incentivar soluciones dialogadas y otra muy distinta es que el ciudadano termine confundiendo el derecho al acuerdo con un deber práctico de acordar. Son cosas radicalmente distintas.
A veces da la impresión de que el ciudadano llega al juzgado dispuesto a litigar y alguien, justo antes de entrar en sala, le susurra que lo piense bien, que quizá detrás de la puerta esté la Ruperta. La metáfora tiene algo de humorístico, pero encierra una cuestión muy seria.
Eso no es cultura del acuerdo. Es presión con otro nombre.
El artículo 24 de nuestra Constitución no consiste únicamente en poder entrar en un juzgado. La tutela judicial efectiva implica hacerlo sin miedo institucional, sin sensación de castigo anticipado, sin la percepción de que defender tu posición jurídica puede ser visto casi como una obstinación improductiva. Un Estado de Derecho puede, y quizá debe, facilitar espacios de negociación. Lo que no puede hacer es transmitir al ciudadano que ejercer plenamente ese derecho fundamental es una mala idea.
La cultura del acuerdo es algo extraordinariamente valioso. Ojalá hubiera más acuerdos razonables, más abogados capaces de rebajar tensiones, más personas dispuestas a entender que ganar a veces consiste en dejar de pelear.
Pero cuando el acuerdo deja de nacer de la libertad, ya no es un acuerdo.
Se parece demasiado a una renuncia preventiva.
Nada de esto supone cuestionar la buena fe de jueces, fiscales o profesionales que, en muchas ocasiones, logran acuerdos extraordinariamente beneficiosos para las familias. Precisamente porque esos acuerdos son valiosos, conviene proteger aquello que los hace legítimos: la libertad de aceptarlos o rechazarlos.
Negociar es bueno. Pactar suele ser inteligente. Pero el derecho a juicio no puede convertirse nunca en un farol que el ciudadano tema verse obligado a no levantar.
Víctor Martínez López (Murcia, 1973) es un abogado y ensayista jurídico. Especializado en Derecho de familia, discapacidad y entornos digitales.
