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Novedades en Protección de Datos. Reglamento general de protección de datos de la UE (Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril de 2016)

Reglamento europeo Proteccion de Datos

Reglamento europeo Proteccion de DatosEl Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

Será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018, obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

La nueva norma se basa en los siguientes principios:

1. Un continente, una norma

La nueva normativa establece un único conjunto de normas aplicable en el conjunto de la Unión Europea.

2. Ventanilla única

Los empresarios solo tendrán que relacionarse con un único supervisor en Europa.

3. Europa se rige por la normativa europea

Las empresas radicadas fuera de la Unión deberán aplicar las mismas reglas cuando ofrezcan sus servicios en la Unión Europea.

4. Consideración de los riesgos específicos

Las nuevas normas evitarán obligaciones genéricas sobre el tratamiento de datos, adaptándolas apropiadamente a sus respectivos factores de riesgo.

5. Privacidad desde el diseño

Este principio de privacidad desde el diseño (art. 25.1), significa que en el diseño de aplicaciones que traten datos personales, se tiene que garantizar la privacidad de los mismos desde el principio. Esto implica, por ejemplo, que en materia de redes sociales, los perfiles de privacidad de los usuarios estarán por defecto cerrados a otros usuarios, debiendo ser el usuario quien los abra a otros.

6. La importancia del consentimiento

El consentimiento para el tratamiento de los datos deberá ser “libre, específico, informada e inequívoco” y el responsable del tratamiento de los datos deberá poder probar que el titular “consintió el tratamiento de sus datos”.

Con esta nueva norma se acabaron los conocidos en España como derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición). El nuevo Reglamento se refiere ahora a los derechos de Transparencia (art. 12), Información (arts. 13 a 14), Acceso (art. 15), Rectificación (Art. 16), Supresión o derecho al olvido (art. 17), Limitación del tratamiento (art. 18), Portabilidad de datos (art. 20) y Oposición (art. 21).

Fuente y más información: Noticias Jurídicas y Miriam Guardiola en Derecho y Perspectiva.