Consideran accidente laboral in itinere el fallecimiento de un empleado que paró a tomar un café camino del trabajo

Consideran accidente laboral in itinere el fallecimiento de un empleado que paró a tomar un café camino del trabajo

La titular del Juzgado de lo Social número 4 de Pamplona considera accidente laboral in itinere (en el trayecto) el fallecimiento de un trabajador que sufrió una parada cardiorrespiratoria cuando había estacionado su vehículo en un establecimiento de hostelería camino a su puesto de trabajo.

En virtud de esta sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, las prestaciones a abonar a la viuda se calcularán sobre una base reguladora de 4.070,10 euros mensuales.

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