Hablando de lentitud de la justicia: cliente que recibe una notificación de un procedimiento de ejecución ¡de 1992! Resulta que un fondo irlandés compró ese crédito pendiente de ejecución al BBVA. Ahora se persona en el procedimiento aportando escritura de transmisión del derecho de crédito, en la que se identifica como deudor a mi cliente, y pide que se le considere demandante.

La situación no puede ser más kafkiana: mi cliente compró en 1989 un televisor financiado. Por discrepancias por el funcionamiento del electrodoméstico, lo intenta cambiar por otro en buen estado y el vendedor no le da soluciones. Finalmente, el cliente lo devuelve «por las bravas» y da orden al banco de no atender los recibos. Se inicia ahí un proceso judicial declarativo en el que mi cliente no llega a personarse, y más tarde una ejecución a sus espaldas pues había cambiado de domicilio y no recibía las notificaciones. Pasadas tres décadas, él pensaba razonablemente que todo había quedado en nada, hasta diciembre de 2022, cuando recibe noticias de la reactivación de la ejecución. Por lo visto una entidad especializada en recobros había adquirido el crédito y pretendía personarse como parte actora en la ejecución, en la que no se había hecho ningún trámite ni actuación en veinte años.
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