Servicio PD 360 | Protección de Datos

Cumplir con la normativa de Protección de Datos siempre es un quebradero de cabeza. ¿Estoy realmente cumpliendo? ¿Cometo fallos en el tratamiento de los datos? ¿Podría incurrir en alguna conducta sancionable por la AEPD?

En el despacho intentamos ayudarte con dos estrategias fundamentales: el conocimiento y la sencillez. En el conocimiento porque estamos comprometidos con la actualización en la materia y lo que ello implica en los nuevos entornos digitales. En la sencillez porque queremos que cuentes con una herramienta fácil de usar, completa y que te permita una actualización permanente.

Ahora con el servicio de Cumplimiento de Protección de Datos de Víctor Martínez ABOGADO tienes acceso a un sistema encriptado en la nube en el que tus textos normativos y cláusulas están siempre 100% actualizados (por cambios que haya en la normativa). Todos ellos listos para descargar, pero siempre editables y actualizables. Puedes adaptarte en tiempo real a nuevos riesgos o transformaciones de tu negocio, nuevos colaboradores y proveedores, crecimiento de empleados, etc.

Adaptado a TELETRABAJO

Además los programas de cumplimiento de Protección de Datos de Víctor Martínez ABOGADO incluyen medidas de seguridad para protocolos de teletrabajo, como los activados en la pandemia de COVID-19 en 2020.

Miembro de APEP (Asociación Profesional Española de Privacidad)

Miembro de APEP (Asociación Profesional Española de Privacidad)

Entrada en vigor de la nueva Ley de Protección de Datos 2018

2018 ha sido un año muy movido en lo que a Protección de Datos se refiere. En mayo acababa la moratoria en la aplicación del Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), en vigor desde mayo de 2016, convirtiéndose en norma de obligado cumplimiento sin que al legislador español le hubiese dado tiempo a promulgar una norma autóctona que incorporara la nueva normativa. Sin embargo unos meses después se ha aprobado la nueva ley, no exenta de polémica, pero con un amplio respaldo del arco parlamentario (93%).

 

Haz clic para leer y descargar la nueva LOPD 2018

Algunas novedades de la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, destacadas por la propia Agencia Española de Protección de Datos:

1.- La Ley facilita que los ciudadanos puedan ejercitar sus derechos al exigir, en particular, que los medios para hacerlo sean fácilmente accesibles. Además, se regula el modo en que debe informarse a las personas acerca del tratamiento de sus datos optándose, específicamente en el ámbito de internet, por un sistema de información por capas que permita al ciudadano conocer de forma clara y sencilla los aspectos más importantes del tratamiento, pudiendo acceder a los restantes a través de un enlace directo.

2.- Se reconoce específicamente el derecho de acceso y, en su caso, de rectificación o supresión por parte de quienes tuvieran vinculación con personas fallecidas por razones familiares o de hecho y a sus herederos. La medida limita el ejercicio de estos derechos cuando el fallecido lo hubiera prohibido.

3.- La Ley fija en 14 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma. También se regula expresamente el derecho a solicitar la supresión de los datos facilitados a redes sociales u otros servicios de la sociedad de la información por el propio menor o por terceros durante su minoría de edad.

4.- El texto regula el derecho al olvido en redes sociales y servicios de la sociedad de la información equivalentes. Se exceptúa la supresión cuando los datos hubieran sido facilitados por terceros en el ejercicio de actividades personales o domésticas.

5.- La ley refuerza las garantías del derecho a la intimidad en relación con el uso de dispositivos digitales puestos a disposición de los empleados, complementando la regulación del derecho a la intimidad ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que deberán ser informados.

6.- Nueva regulación de los sistemas de información crediticia (los conocidos como ficheros de morosos), que reduce de 6 a 5 años el periodo máximo de inclusión de las deudas y en los que se exige una cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos sistemas. Con la anterior Ley, no existía una cantidad mínima.

7.- Se modifica también la Ley de competencia desleal, regulando como prácticas agresivas las que tratan de suplantar la identidad de la Agencia o sus funciones y las relacionadas con el asesoramiento conocido como ‘adaptación a coste cero’ a fin de limitar asesoramientos de ínfima calidad a las empresas.

Protección de Datos: Adaptación al RGPD – Cómo elegir a la empresa adecuada

El 25 de mayo de 2018 será de obligado cumplimiento (y empezarán las sanciones) el Reglamento General de Protección de Datos, en vigor desde el 25 de mayo de 2016. ¿Por qué se dio un periodo tan amplio para su exigibilidad? Pues para que las distintas empresas e instituciones en el seno de la Unión Europea tuvieran tiempo para adaptarse a las importantes novedades que este texto legal conlleva.

A un par de meses de esa fecha límite, ¿cuál es la situación general? Que muchas empresas no han hecho prácticamente nada y ahora buscan empresas que, por el precio más módico posible, les ayuden a adaptarse a los nuevos requisitos legales. Mientras tanto, muchas de esas empresas “especializadas” se dedican a hacer acciones de marketing para captar clientes, en algunos casos vulnerando ellas mismas la normativa -incluso la actual- en materia de Protección de Datos (haciendo e-mailing indiscriminados, contactando con clientes a los que no pidieron jamás sus datos con fines comerciales, actuando en otras ocasiones de forma coordinada con otros despachos y asesorías para realizar ofertas a clientes de éstos sobre la base de un fichero de clientes que en principio no debería tener uso comercial…). Como se suele decir: en casa del herrero…

El primer consejo en estas circunstancias sería: que no cunda el pánico. El proceso de adaptación a la nueva normativa es complejo y laborioso, pero debe hacerse con calma y seguridad. Y el segundo consejo: las políticas de protección de datos van a ir reforzándose cada vez más, buscando la mayor protección de la privacidad de los usuarios, por lo que hay que considerar la preparación para el cumplimiento en este ámbito como una inversión de nuestra empresa, que nos va a ayudar a evitar las temidas sanciones, pero también a incrementar la confianza de nuestros clientes y consumidores, mejorando nuestro negocio. Por eso siempre es mejor un traje a medida que una plantilla aplicada apresuradamente. Y no tiene porqué ser más costoso.

En Víctor Martínez Abogado podemos ayudarte a cumplir con el RGPD y la nueva normativa de Protección de Datos en todos los ámbitos de tu empresa, desde los contratos que realizas hasta los formularios de contacto de tu página web. Estaremos encantados de atenderte y resolver tus dudas en info@victormartinezabogado.com.