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Derecho de la discapacidad intelectual

Derecho de la discapacidad intelectual

Como padre de un niño con síndrome de Down, sé de primera mano que tener un hijo o hija con discapacidad intelectual supone enfrentarse desde muy pronto con un laberinto burocrático (resoluciones administrativas de discapacidad, tramitación de ayudas a la Dependencia, becas, infinidad de solicitudes).

Además, al llegar a la edad adulta es muy probable que tarde o temprano tengamos que llevar adelante un proceso de modificación de la capacidad jurídica (incapacitación), que puede ser total o parcial. Ahí la dirección correcta del procedimiento es fundamental para que la sentencia de incapacitación resultante sea un traje a medida de las necesidades de nuestro hijo/a, y que establezca unas pautas que sean un apoyo en aquellos aspectos en que necesita ayuda y tutela, y no una enmienda a la totalidad de su autonomía.

Todo esto añadido a la gran pregunta que todos los padres nos hacemos en algún momento: “¿qué será de nuestro hijo cuando no estemos aquí?” Para darle respuesta necesitaremos hacer un testamento en el que determinemos su futura tutela, el papel de las fundaciones tutelares en caso de ausencia de familia (o en apoyo de ésta), etcétera.

Por vocación y por vivencia de esta realidad en primera persona, el Despacho Víctor Martínez Abogado tiene una especialidad sensibilidad hacia los asuntos en materia de discapacidad intelectual.

Algunos servicios en este campo:

  • Asesoramiento en trámites administrativos de discapacidad y dependencia.
  • Procedimientos de modificación de la capacidad jurídica (incapacitación).
  • Testamentos para la planificación de la tutela y la administración de los bienes tras el fallecimiento de los progenitores.

 


Puede descargar haciendo clic en este enlace la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de Naciones Unidas. En ella se adopta una amplia clasificación de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Se aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones para que las personas con discapacidad puedan ejercer en forma efectiva sus derechos y las esferas en las que se han vulnerado esos derechos y en las que debe reforzarse la protección de los derechos.