CURSO Derechos de Propiedad Intelectual + Facturae. Sesión 1

Derechos de autor en la era digital

En la era digital, la creación y distribución de contenido se ha vuelto más accesible que nunca. Desde blogs y videos online hasta música y obras de arte, el contenido digital fluye constantemente por la vasta red de Internet. A medida que compartimos y consumimos contenido online, es fundamental comprender los conceptos básicos de los derechos de autor y cómo se aplican en esta nueva era.

Curso Propiedad Intelectual + Facturae

Durante el mes de mayo he tenido el honor de impartir este curso online para la asociación «Clásicas y Modernas», en el que hemos hablado de Propiedad Intelectual e Industrial, con especial atención a los retos en torno a la inteligencia artificial, y por último un pequeño repaso a la factura electrónica.

Tenéis toda la información y acceso a los materiales en la página web de Clásicas y Modernas, aún así subiré aquí los vídeos, disponibles íntegramente en Youtube.

Doctrina del TS sobre publicidad encubierta y emplazamiento de producto en TV

El caso «La que se avecina».

La Sala III desestima el recurso interpuesto por Mediaset contra una sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la sanción de 196.000 euros impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en julio de 2019.

La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por Mediaset contra una sentencia de la Audiencia Nacional que confirmó la sanción de 196.000 euros impuesta a la citada mercantil por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en julio de 2019, por infracción grave de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, por la inclusión de publicidad comercial encubierta en una serie de televisión.

La sentencia de la Audiencia Nacional consideró que la emisión en el canal FDF del capítulo titulado «un aniversario, un peluquín y una reunión tupper-sex» de la serie «La que se avecina», los días 5 de agosto de 2018, 6 y 5 de octubre de 2018, 23 de noviembre de 2018, 11 de enero de 2019 y 4 de febrero de 2019, supuso una vulneración del artículo 18.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que prohíbe la publicidad comercial encubierta, por cuanto del visionado del conjunto de las imágenes tomadas en consideración se infería un claro propósito publicitario, al evidenciarse la intención de promover la adquisición por los espectadores de los artículos eróticos de una determinada marca, con riesgo de provocar error sobre la naturaleza de la presentación.

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Entrevista en blog del portal ProntoPro

Hace unas semanas Marta Sánchez, redactora del blog del portal de profesionales ProntoPro se puso en contacto conmigo interesada en hacerme una entrevista centrada en el despacho y concretamente en la especialidad de propiedad intelectual e industrial.

La verdad que no participo ni estoy incluido entre los profesionales de este directorio, pero me ofreció la oportunidad de hablar de mi trabajo y me pareció una buena forma de contar cosas sobre mí y el despacho.

Si os apetece leerla, os dejo un breve extracto y el enlace a la misma en el blog:

Víctor, llevas más de veinte años dedicándote a la comunicación, las nuevas tecnologías e internet, ¿cómo haces para mantenerte siempre actualizado con las nuevas informaciones en un sector que evoluciona a pasos agigantados?

Estos temas siempre me han interesado. La tecnología me gusta y me interesa como usuario y como profesional, y ya sabes que cuando algo entra dentro de tu universo de intereses es más fácil estar al día. Evidentemente, es difícil estar siempre actualizado, pero procuro estarlo.

En mi caso me ayuda el haber sido profesional en ambas caras de la moneda: la producción de comunicación y marketing en web, redes sociales, etc. Y ahora, en el ámbito jurídico de la reglamentación de esos mismos espacios y plataformas. Pero no se deja nunca de aprender y, casi tanto como el saber, es importante ser conscientes de lo que se desconoce. «Daría todo lo que sé por la mitad de lo que ignoro», decía Descartes. Y creo que esa es la actitud necesaria en lo que a tecnología e innovación se refiere.

Lee la entrevista entera en este enlace.

7ENAD. 27, 28 y 29 de septiembre en Murcia y Cartagena

Bajo el lema «Somos cultura, hacemos economía», el próximo encuentro nacional de la Red Española de Asociaciones de Diseño (READ), organizado por DIP, la Asociación de Profesionales del Diseño y la Comunicación Publicitaria de la Región de Murcia, tendrá lugar los próximos 27, 28 y 29 de septiembre en Murcia y Cartagena. Se trata de un evento de primer nivel relacionado con el diseño y la comunicación que tendrá Murcia como escenario nacional, y que se desarrollará en el Centro Párraga. Podéis descargar el programa en este enlace e inscribiros gratuitamente en este otro enlace.

Como sabéis la cooperación del despacho Víctor Martínez Abogado con DIP viene de lejos, desde que en 2014 firmáramos un convenio de colaboración a través del cual muchos asociados de DIP han podido contar con asesoría jurídica especializada.

Por todo ello el 7º Encuentro Nacional de Diseño (7ENAD) es un evento al que no podemos faltar y en el que estaremos presentes, invitados por DIP.

Guía de lectura para entender lo que está pasando con el proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual y la «tasa Google»

lpiLlevamos toda la semana con un batiburrillo de tweets, artículos e información de todo tipo sobre el proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) presentada el viernes pasado por el Gobierno tras su debate en el Consejo de Ministros. Con toda humildad comparto algunas lecturas sobre el tema que me han resultado especialmente interesantes.

Se ha analizado en detalle lo que se ha dado en llamar «tasa Google», es decir, la obligación de los agregadores de noticias (un referente es Google News) de pagar un canon a los medios de comunicación por incluir sus noticias en dichos agregadores. Hay que tener en cuenta que en estas plataformas lo que se muestra es un titular, una entradilla y un enlace al contenido original. Pero no solo afecta a Google, sino a otras empresas más modestas como Menéame.

A este respecto, os recomiendo la lectura de este artículo de su blog oficial, en el que expresan muy claramente su postura y las consecuencias que esta nueva norma puede acarrear para ellos. Es interesante, como siempre, leer la incisiva (pero bien fundamentada) reacción de Enrique Dans. Y el análisis pormenorizado de David Maeztu, especialista en derecho de internet, en su blog.

Pero lo que no podemos dejar de lado es que la llamada «tasa Google» es solo una de las muchas consecuencias de este nuevo marco legal, muy sonada por afectar a quien afecta pero que realmente al usuaario le repercute de forma relativa. Por eso resulta imprescindible leer la entrevista en Gizmodo a Javier de la Cueva, abogado especializado en tecnología e internet, en la que aborda otros temas en los que la nueva normativa es especialmente sangrante, como el derecho de cita en educación y el canon que se va a imponer a las universidades por el uso de contenidos educativops en sus campus online.

Por último volvemos a David Maeztu, que nos aclara cómo afecta esta nueva regulación a contenidos Creative Commons.

Primera sentencia en España que obliga al operador a cortar el acceso de un usuario de P2P por infringir derechos de autor

La sentencia 470-2013 del Juzgado nº 6 de lo Mercantil de Barcelona obliga al operador de cable gallego R a suspender «de inmediato y de forma definitiva» la prestación del servicio de acceso a Internet al usuario que utiliza el nickname ‘nito75’. Promusicae, Wea, Sony, Warner, Universal y Emi Music demandaron a R porque «para las demandantes resulta imposible conocer la identidad detrás del nombre de usuario». «Sí conocen la dirección IP, lo que les permite conocer la compañía que presta el servicio de acceso a Internet, en este caso la demandada».

Se trata de una vía hasta ahora no utilizada, amparada en los artículos 138 y 139 de la LPI en relación con el 14 de la LSSI. Podéis acceder a un artículo bastante amplio de Pablo Romero en el diario El Mundo en este enlace y a la sentencia completa aquí.