Durante años, la lógica de las costas procesales en el proceso civil español se ha apoyado en una idea sencilla: quien pierde paga. Esa regla, con matices, ofrecía un cierto grado de previsibilidad. El cliente podía entender el riesgo económico del litigio y el abogado podía trazar una estrategia con un marco relativamente estable.

La reforma introducida por la Ley Orgánica 1/2025 altera ese equilibrio de una forma más profunda de lo que parece a primera vista. No se trata únicamente de introducir mecanismos de solución extrajudicial o de incentivar la negociación. El cambio real está en otro lugar: en la incorporación del comportamiento previo de las partes como elemento relevante para decidir sobre las costas.
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