Cuando una familia convive con la realidad de la discapacidad intelectual, una de las mayores preocupaciones a largo plazo es cómo garantizar la seguridad económica y el bienestar de la persona con discapacidad, especialmente cuando los progenitores o cuidadores ya no estén. En este contexto, el patrimonio protegido se configura como una figura jurídica de gran utilidad, aunque aún bastante desconocida.
Vamos a intentar explicar, desde un enfoque práctico y accesible, qué es el patrimonio protegido, cómo se constituye, qué ventajas fiscales conlleva y qué usos concretos puede tener para las familias.
¿Qué es el patrimonio protegido?
El patrimonio protegido es un conjunto de bienes y derechos patrimoniales que se constituye legalmente a favor de una persona con discapacidad. Tiene un régimen especial de protección y gestión, y está pensado para cubrir las necesidades vitales del beneficiario a lo largo de su vida.
Fue regulado por primera vez en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, y actualmente se encuentra recogido y actualizado en el Código Civil y la legislación fiscal aplicable.
¿Quién puede beneficiarse?
Pueden ser titulares de un patrimonio protegido:
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Personas con un grado de discapacidad intelectual igual o superior al 33%, acreditado mediante certificado oficial.
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Personas con discapacidad psíquica, sensorial o física igual o superior al 65%.
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Personas con incapacitación judicial (aunque tras la reforma de la Ley 8/2021 se habla ahora de medidas de apoyo y no de incapacitación).






